Uno de los temas más tensos de la jornada Cannabis, Derecho y Sociedad: perspectivas para una transformación jurídica y social” que se celebró en San Juan el pasado 4 de julio, fue la contradicción legal: el cannabis está en la lista de estupefacientes de la Ley 23.737, pero al mismo tiempo es reconocido por las leyes 27.350 y 27.669 como herramienta terapéutica y recurso productivo, entonces pongamonos de acuerdo señores politicos y sociedad ¿bien para la salud o amenaza pública? El Dilema Legal en Argentina, que para mi es uno de los temas que me quedó en el corazón y la mente después de este debate.
“El cannabis vino a resolver problemas de salud, no a generarlos”, señaló Bettiana Melar, una de las panelistas. La penalización genera más daño que la sustancia en sí: acceso a aceites de origen dudoso, miedo a la persecución, ausencia de control de calidad, y usuarios que terminan criminalizados por su condición de salud.
Por su parte, Cecilia Parellada, aportó una mirada precisa sobre el rol de las ONGs de salud, las trabas burocráticas para conseguir personería jurídica y la necesidad de legitimar y reconocer a los colectivos que cultivan y dispensan de forma segura para cientos de pacientes.
Entonces, ¿cuál es la diferencia entre legalidad y legitimidad? Mientras muchas ONGs aún no tienen autorización formal para cultivar, su trabajo es legítimo, estructurado y al servicio del bien común. “La defensa legal se construye también con vida asociativa, registros, protocolos, balances. Eso da legitimidad, aunque el Estado todavía no otorgue legalidad”, afirmó.

Foro cortesía de la doctora: Constanza Segovia
¿Cuál será el Rol Central de ANMAT?
La Ley 23.737, pilar del régimen penal de estupefacientes en Argentina, protege la “salud pública” al criminalizar el cannabis. Sin embargo, esta premisa se ve confrontada por el creciente cuerpo de evidencia y las regulaciones que reconocen los beneficios del cannabis para la salud. Ahora con la noticia de que la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) se convertirá en el principal organismo regulador del cannabis medicinal (con ≥1% de THC).
La reciente reglamentación de la Ley 27.669 para el cáñamo industrial y el cannabis medicinal abre un abanico de posibilidades económicas y de desarrollo. Con la disolución de ARICCAME, las responsabilidades se han redistribuido de la siguiente manera:
- La ANMAT tomará las riendas del cannabis medicinal (con más de 1% de THC), controlando desde la producción hasta la exportación y otorgando licencias.
- La Secretaría de Industria se encargará del cáñamo industrial (menos del 1% de THC, sin incluir la flor), supervisando su cultivo, producción y comercialización.
- Y la Secretaría de Agricultura hereda las funciones del INASE, regulando todo lo referente a las semillas.
Expertos destacaron que el cannabis ha demostrado ser una solución a problemas de salud para “muchas personas”, lo que lo posiciona como un “bien a la salud pública”. La Dra. Paula Saavedra compartió experiencias conmovedoras sobre el uso de cannabis en infancias diversas, revelando cómo muchas familias enfrentaban “miedo, culpa y desinformación” ante aceites de “origen dudoso”. La implementación del REPROCANN busca brindar un “acceso regulado y seguro” a estos tratamientos, permitiendo el autocultivo o el acceso a través de “cultivadores solidarios” o farmacias autorizadas. La disolución de ARICCAME no afecta directamente a los usuarios de REPROCANN, aunque la ANMAT ahora fiscalizará y otorgará las licencias para la producción y comercialización de flores y derivados del cannabis medicinal.
La salud pública no se protege con prisión, sino con regulación, evidencia, capacitación y acceso seguro. Argentina tiene una oportunidad única para saldar esta deuda histórica. ¿La aprovechará?